¿Su empresa está obligada a facturar electrónicamente? Listados y plazos DGII
La respuesta corta es sí: la Ley núm. 32-23 obliga a todos los contribuyentes a emitir comprobantes fiscales electrónicos (e-CF). Lo que cambia es cuándo. La DGII clasificó a los contribuyentes por tamaño y publicó listados para que cada empresa pueda verificar su grupo y su fecha límite.
Los plazos según la Ley 32-23
La ley, promulgada el 16 de mayo de 2023, estableció plazos contados desde su entrada en vigor:
| Tipo de contribuyente | Plazo legal | Fecha límite original |
|---|---|---|
| Grandes contribuyentes nacionales | 12 meses | 15 de mayo de 2024 |
| Grandes contribuyentes locales y medianos | 24 meses | 15 de mayo de 2025 |
| Pequeños, micro y no clasificados | 36 meses | 15 de mayo de 2026 |
| Entidades del Estado clasificadas como grandes nacionales | 12 meses | 15 de mayo de 2024 |
| Demás entidades del Estado | 36 meses | 15 de mayo de 2026 |
Dentro de los grandes nacionales, el Aviso 08-23 dividió la entrada en tres grupos (15 de enero, 15 de marzo y 15 de mayo de 2024). Para las instituciones públicas, el calendario se detalló en el Aviso 16-23.
Dónde está cada grupo hoy (octubre 2026)
- Grandes nacionales: sus comprobantes en papel tipo “B” se consideraron vencidos desde el 31 de diciembre de 2025 (Aviso 25-25). Desde entonces deben emitir exclusivamente e-CF; el papel solo se admite en contingencias declaradas, según el capítulo IX del Reglamento 587-24.
- Grandes locales y medianos: recibieron una prórroga de seis meses (Aviso 12-25) para quienes estaban en proceso de implementación. Según lo informado por la DGII en agosto de 2026, a partir del 1 de noviembre de 2026 deben emitir exclusivamente facturas electrónicas, y sus comprobantes tipo “B” dejan de ser válidos después del 31 de octubre de 2026.
- Pequeños, micro y no clasificados: el 6 de mayo de 2026 la DGII otorgó una prórroga automática y generalizada de seis meses. La nueva fecha límite es el 15 de noviembre de 2026, y no hace falta solicitarla.
La propia ley limita las prórrogas a un máximo de seis meses, por lo que no conviene contar con una extensión adicional.
Cómo consultar si su empresa aparece en los listados
- Entre en la página de la DGII “Listados de contribuyentes obligados a implementar facturación electrónica”.
- Descargue el listado que corresponda (grandes nacionales, o grandes locales y medianos) y busque su RNC.
- Si su RNC no aparece en esos listados, lo habitual es que pertenezca al grupo de pequeños, micro y no clasificados, cuya fecha límite es el 15 de noviembre de 2026. Ante cualquier duda, confírmelo con la DGII o con su asesor contable.
¿Y si su empresa es nueva?
Los contribuyentes que se inscriben en el RNC después de la ley también están obligados, en el plazo del grupo al que pertenecen. Si ese plazo ya venció, tienen 120 días para incorporarse como emisores electrónicos; y si está por vencer, la DGII debe extenderlo hasta completar esos 120 días. Si está formalizando su negocio, revise también qué es el RNC y cómo obtenerlo.
¿Qué pasa si no cumple a tiempo?
Vencido el plazo, no usar la factura electrónica constituye infracción tributaria según el artículo 26 de la Ley 32-23, con las sanciones de sus artículos 27, 28 y 29. Entre ellas figuran multas de 5 a 30 salarios mínimos y, por no remitir información, una sanción que puede llegar al 0.25% de los ingresos declarados en el período fiscal anterior. Además, emitir comprobantes vencidos pone en riesgo el crédito fiscal de sus clientes, lo que puede costarle negocios.
Qué hacer si aún no ha empezado
Con la fecha del 15 de noviembre de 2026 tan cerca, el orden recomendado es: confirmar su grupo, obtener el certificado digital, completar la solicitud de emisor electrónico en la Oficina Virtual y elegir cómo va a emitir (sistema propio, proveedor certificado o Facturador Gratuito). Explicamos cada paso en cómo ser emisor electrónico.
En JA Consulting verificamos su clasificación, le ayudamos a elegir el método de emisión adecuado para su volumen de facturación y acompañamos la certificación ante la DGII. Escríbanos para una revisión sin costo.
Fuentes: DGII — Listados de contribuyentes obligados a implementar facturación electrónica · DGII — Aviso 25-25 · DGII — Aviso 12-25 · EY — Prórroga para pequeños, micro y no clasificados (mayo 2026).
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CPA con más de 10 años asesorando PYMEs dominicanas en contabilidad, tributación y finanzas. Fundador de JA Consulting SRL, con sede en Santo Domingo.
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